¿No aplicas a la Ley del Mono?

Construí después de 2016 y todavía no regularizo para poder vender ¿Qué hago?

En este breve articulo veremos algunas preguntas que de seguro debes tener si quieres vender tu propiedad.

Amplié después de 2016 y quiero vender mi propiedad ¿puedo acogerme a la Ley del Mono?

 

Lamentablemente no, debido a que, de intentarlo, de todas formas, la Dirección de Obras Municipales respectiva se encargará a través de medios tecnológicos (mapa satelital, por ejemplo) de monitorear el desarrollo de tu construcción y así verificar la existencia de la construcción antes o después de la entrada en vigencia de la Ley del Mono, es decir, el 4 de febrero de 2016, y rechazará la solicitud de permiso de edificación y recepción simultáneas, es decir, su regularización.

Y ¿existe otra alternativa legal a la Ley del Mono para poder regularizar?

 

En caso de que la ampliación que has realizado en tu propiedad se realizó posteriormente a la fecha estipulada por la ley, o sea, luego del 4 de febrero de 2016, es posible buscar otra alternativa.

 

La vía normal es solicitar un Certificado de Informaciones Previas de tu propiedad en la Municipalidad respectiva, en que se indica lo que podemos construir en nuestro terreno según la ley, es decir, el margen en que nos podemos extender para poder construir sin quedar fuera de lo permitido. Demás está decir que esto depende mucho del tipo de construcción que hayamos hecho, pues los requisitos son distintos en cada caso, por ejemplo, si nuestra casa es pareada o no y construimos a cierta distancia o no de nuestro vecino, si se trata de un segundo piso o bien una habitación habilitada en el patio de atrás de nuestra propiedad, entre otros casos.

 

Luego, deberás presentar el certificado a un arquitecto, para que evalúe la construcción de tu ampliación y si cumple o no con los requisitos técnicos y legales y así poder continuar con las tramitaciones. El arquitecto te asesorará con la confección de la planimetría y las especificaciones técnicas, luego de evaluar el certificado y la ampliación que hiciste por medio de una visita, todo lo que permitirá finalmente demostrar que la construcción cumple con todas las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Luego de haber entregado todos los antecedentes exigidos por la ley en la Dirección de Obras Municipales, se te entregará el Certificado de Recepción Definitiva de la obra.

¿Y si no cumple los requisitos y necesito vender de todas formas mi propiedad?

 

En este caso, el arquitecto te indicará las modificaciones que debes realizar en tu construcción si o si, para poder regularizarla.

 

Si has leído este articulo y piensas que no hay nada que hacer, no te desanimes, de todas maneras, puedes contactarte con nosotros y hacer las consultas pertinentes para poder orientarte y según los antecedentes que nos entregues, buscaremos la mejor solución.

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